La Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de La Rioja —Secretaría “B”, Sala Unipersonal N.º 7, a cargo de la jueza Ana Carla Menem— hizo lugar a una medida autosatisfactiva presentada por una mujer víctima de un hackeo. La resolución ordena a Google Argentina SRL y al sitio Poringa.net eliminar y desindexar todas las imágenes íntimas que circulan en internet sin su autorización.
Antecedentes del caso
La denunciante relató que el 7 de marzo de 2022 sufrió un hackeo masivo en su teléfono celular. Desde allí, el intruso accedió de forma ilegítima a sus cuentas de Facebook, Instagram y Google, obteniendo fotografías privadas almacenadas en Google Fotos, incluidas imágenes íntimas tomadas desde su adolescencia, además de mensajes y contenido estrictamente personal.
Según la presentación, el atacante descargó, borró y comercializó este material en sitios para adultos, y además utilizó su cuenta de Instagram para ofrecerlo, suplantando su identidad digital. La viralización del contenido impactó su vida personal y laboral, especialmente porque la víctima se desempeña como influencer en redes sociales.
La denuncia resaltó la vulneración de derechos personalísimos: imagen, intimidad, dignidad y privacidad digital.
Fundamentos del fallo
La magistrada analizó los requisitos de las medidas autosatisfactivas, conforme a la doctrina y al artículo 120 del Código Procesal Civil. Concluyó que en este caso se verifican todos los elementos:
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Alta probabilidad del derecho invocado: existe evidencia clara del hackeo y de la difusión ilícita del material.
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Urgencia: la velocidad con que circulan y se replican estos contenidos en internet exige una respuesta inmediata.
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Necesidad de anticipar tutela judicial: un proceso ordinario sería insuficiente para evitar daños mayores.
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Proporcionalidad: la medida solicitada se ajusta a la dimensión del daño y al objetivo de frenar la exposición.
Con estos elementos, la jueza consideró plenamente justificada la intervención urgente del tribunal.
Lo que ordenó la Justicia
El fallo dispone que Google Argentina SRL y Poringa.net deben:
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Eliminar de resultados de búsqueda y servidores todas las imágenes íntimas de la víctima.
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Desindexar cualquier sitio que relacione su nombre o pseudónimo con términos vinculados a desnudez, pornografía, contenido erótico o expresiones despectivas.
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Adoptar mecanismos para impedir futuras resubidas del material.
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Cumplir bajo apercibimiento de multas diarias en caso de incumplimiento.
La resolución marca un nuevo antecedente judicial en materia de violencia digital, protección de datos personales y resguardo de la intimidad en entornos digitales.









