LOS 10 PUNTOS PRINCIPALES DEL PROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL QUE PRESENTÓ JAVIER MILEI

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El Presidente anunció el envío al Congreso de un proyecto de reforma del Código Penal, que fue elaborado por una comisión de especialistas presidida por el penalista Jorge Buompadre e integrada, entre otros, por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

La iniciativa unifica el texto vigente con otras leyes penales especiales sancionadas en el último siglo, lo que deriva en un cuerpo normativo que pasa de 316 a 920 artículos

Promueve un endurecimiento generalizado de las penas, la no prescripción de algunos delitos graves como abusos sexuales, trata de personas y narcotráfico, e incorpora nuevos delitos, como el cibercrimen con inteligencia artificial.

El presidente Javier Milei (La Libertad Avanza), el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich presentaron esta tarde un proyecto de reforma del Código Penal en un acto en el Complejo Penitenciario Federal N° 1 de Ezeiza.

El Código Penal vigente data de 1921. Aunque a lo largo de los años se le han realizado más de mil modificaciones parciales, que se incorporaron a través de leyes, nunca se hizo una reforma integral del texto.

En el primer año del gobierno de Milei se creó una comisión de especialistas para redactar un anteproyecto de reforma del Código Penal, como ya se había hecho en otras presidencias. La reforma presentada unifica todo en un único cuerpo normativo, ampliando la cantidad de artículos de 316 a 920.

A continuación, los puntos principales de la reforma de acuerdo con una síntesis a la que accedió Chequeado.

Los 10 puntos principales de la reforma del Código Penal

Unificación normativa histórica

Después de 105 años, el proyecto de reforma del Código unifica en un único cuerpo normativo las disposiciones del texto vigente desde 1921 y las más de mil leyes especiales. Con la unificación, pasaría de 316 a 920 artículos, y se buscaría eliminar las contradicciones propias de las reformas parciales.

Imprescriptibilidad de delitos “gravísimos”

Los delitos más graves ya no prescribirán: homicidios, abusos sexuales, trata de personas, narcotráfico y crímenes de lesa humanidad. Actualmente, los únicos imprescriptibles son los delitos de lesa humanidad. La prescripción es la garantía que tienen los ciudadanos de ser juzgados en un plazo razonable. Los delitos con pena perpetua, por ejemplo, prescriben a los 15 años. Por el contrario, el proyecto prevé la extinción de la acción penal para casos no complejos que superen plazos razonables.

Endurecimiento generalizado de penas

Se elevan las penas en prácticamente todos los delitos. El homicidio simple, con esta reforma, pasará a tener una pena de hasta 30 años de prisión. Se agravan las sanciones para delitos cotidianos como robo de celulares, “entraderas”, estafas piramidales, “salideras bancarias” y delitos viales.

Ciberdelitos e inteligencia artificial

Se crea un capítulo completo de delitos informáticos que incluye la creación de imágenes falsas de contenido sexual mediante IA, el fraude digital y los ciberataques complejos. Se ordena la eliminación inmediata de estas reproducciones. Actualmente, existen algunos delitos informáticos dispersos, pero sin un tratamiento integral ni contemplación específica de la IA.

Nuevas figuras delictivas del siglo XXI

Se tipifican delitos inexistentes en el Código actual: “stealthing” (retiro no consentido del preservativo), pornovenganza, secuestro virtual, violencia organizada, estafas piramidales, crueldad animal sistemática, delitos ambientales y desvío de cuota alimentaria, entre otros.

Lucha contra la corrupción

Se incrementan sustancialmente las penas para funcionarios por delitos contra la administración pública, se incorpora el soborno entre privados, se elimina la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos graves, y se rediseña el enriquecimiento ilícito. Se habilita el decomiso anticipado de bienes en casos de terrorismo, narcotráfico y corrupción.

Narcotráfico, con penas más severas

Se mantienen las penas base de 4 a 15 años establecidas en la Ley 23.737, pero se eleva el máximo a 25 años (actualmente es 20) para organizadores del tráfico internacional. Se crean figuras autónomas para precursores químicos, opioides sintéticos y sustancias especialmente peligrosas.

Mayor protección a las víctimas

Se incorpora el concepto de “seguimiento socio-judicial” para condenados que terminan de cumplir la pena en delitos graves. Los jueces deberán escuchar a las víctimas antes de decisiones que extingan la acción penal y notificarles todas las resoluciones. Se garantiza su participación activa en el proceso.

Se amplía la responsabilidad penal de personas jurídicas

Se establece sin restricciones para todo tipo de delitos, con criterios claros de imputación y sanción. Actualmente existe responsabilidad penal de personas jurídicas solo para ciertos delitos como lavado de activos y delitos económicos y financieros, pero el proyecto la extiende a todos los delitos.

Delitos contra la familia y violencia de género

Se crea un capítulo completo sobre delitos que afectan la vida familiar: hostigamiento, maltrato, discriminación e incumplimiento de deberes de asistencia. Se incrementan las penas para delitos sexuales, se tipifica el acoso sexual en ámbitos laborales y docentes, y se agravan las penas por grooming y difusión de material de abuso infantil.

 

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